Articulo 3 Registro Único...s Estables

Articulo 3 Registro Único de Parejas Estables

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Artículo 3. Actos inscribibles.

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1. Serán objeto de inscripción en el Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra:

a) La pareja estable constituida en documento público conforme al Fuero Nuevo de Navarra.

b) Los distintos pactos relativos a los aspectos personales, familiares y patrimoniales de la relación, y a los derechos y obligaciones de las personas que la integran.

c) La extinción de la pareja estable previamente inscrita.

d) La baja registral de la pareja estable.

2. Las inscripciones en el Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra serán voluntarias y gratuitas. No obstante, será obligatorio para cualquiera de las personas que forman la pareja estable comunicar al Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra la extinción de la pareja previamente inscrita.