Articulo 3 Registro del Voluntariado de Protección Civil
Articulo 3 Registro del V...ción Civil

Articulo 3 Registro del Voluntariado de Protección Civil

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Artículo 3. Estructura del Registro.

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1.- A fin de proceder a una adecuada ordenación de estas organizaciones, el Registro constará de las siguientes secciones:

- Sección Primera: Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil.

- Sección Segunda: Asociaciones de Voluntarios de Protección Civil.

2.- En el Registro podrán establecerse diversas categorías y especialidades funcionales dentro de las Secciones creadas en función del tipo o naturaleza de la actividad en materia de protección civil que desarrollen las Agrupaciones Locales o Asociaciones, atendiendo a la siguiente clasificación:

Categoría 1.ª: Colaboración en tareas de rescate y salvamento.

Categoría 2.ª: Colaboración en tareas de apoyo logístico.

Categoría 3.ª: Colaboración en tareas de apoyo social y humanitario.

Categoría 4.ª: Colaboración en tareas de extinción de incendios.