Articulo 3 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil
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Articulo 3 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil

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Artículo 3. Definiciones.

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A los efectos de este Reglamento, de las normas que lo desarrollan y de las convocatorias que se anuncien con arreglo a su contenido, en el ámbito de la Guardia Civil, se entiende por:

a) Alumno: el aspirante propuesto para ingresar como alumno que hace su presentación en el centro docente de formación en la fecha que le haya sido fijada y es nombrado como tal por el director del centro.

Tendrá también dicha consideración el guardia civil seleccionado como tal para tomar parte en alguna actividad formativa encuadrada en las enseñanzas de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales.

b) Proceso selectivo: el conjunto de actos, pruebas y evaluaciones desarrolladas por las autoridades competentes y los órganos de selección que se inicia con la publicación de la convocatoria y finaliza con el nombramiento de los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos.

c) Concurso: el sistema de selección que consiste en la comprobación y calificación de determinados méritos tanto de los aspirantes admitidos a las pruebas para establecer su orden de prelación en el proceso selectivo de acceso a las distintas escalas, como de los guardias civiles que opten a una actividad formativa encuadrada en las enseñanzas de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales.

d) Oposición: el sistema de selección que consiste en la celebración de una o más pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes admitidos a las pruebas y para fijar su orden de prelación en el proceso selectivo de acceso a las distintas escalas. Este sistema podrá ser utilizado para determinar la capacidad y la aptitud y para fijar su orden de prelación de los guardias civiles que opten a una actividad formativa encuadrada en las enseñanzas de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales.

e) Concurso-oposición: el sistema de selección que consiste en la realización de los sistemas de concurso y de oposición para fijar el orden de prelación tanto en el proceso selectivo de acceso a las distintas escalas, como en el acceso a una actividad formativa encuadrada en las enseñanzas de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales.

f) Aptitud: cualidad individual que se obtiene tras la superación de una actividad formativa y que podrá tener en el ámbito de Guardia Civil una limitación temporal, en su caso, condicionada a los correspondientes procesos de mantenimiento y renovación.

g) Carga lectiva: es la suma de los créditos europeos (ECTS) o de las horas asignadas en un plan de estudios o programa formativo a todos y cada uno de los módulos, materias o asignaturas que lo compongan, con excepción de los correspondientes a Instrucción y Adiestramiento, si así se determina.

h) Cualificación específica: es el conjunto de competencias que proporcionan la aptitud requerida para el ejercicio profesional en puestos orgánicos de especialista.

i) Curso: conjunto de enseñanzas articuladas sobre un plan de estudios o programa formativo con un fin concreto.

j) Curso de especialización: curso cuyo fin concreto es cualificar al personal que lo realice para ocupar puestos orgánicos de especialista o para el ejercicio de una actividad profesional en un área concreta en determinados puestos de trabajo. Podrán tener esta consideración tanto los realizados en el sistema de enseñanza de la Guardia Civil como los que la asistencia de personal del Cuerpo sea organizada o promovida por parte de las autoridades competentes, según lo dispuesto en el artículo 39.7 de este Reglamento.

k) Instrucción y Adiestramiento: conjunto de actividades de carácter eminentemente práctico conducentes a completar la formación militar, la de cuerpo de seguridad o la técnica relacionada con cada escala, pudiendo incluir, entre otros, ejercicios, maniobras, actos y ceremonias militares y prácticas en unidades, y llevarse a cabo en las distintas unidades del Cuerpo o dependientes de los Ministerios del Interior o de Defensa. Asimismo, entre estas actividades podrían contemplarse periodos de orientación y adaptación.

l) Perfil: es el conjunto de competencias y capacidades que identifican la formación de un guardia civil para asumir en condiciones óptimas las responsabilidades propias de las funciones que le pudiesen corresponder.

1.º Perfil de egreso: conjunto de competencias y capacidades definidas que deben reunir los alumnos al concluir el plan de estudios o programa formativo.

2.º Perfil de ingreso: conjunto de competencias y capacidades definidas en el plan de estudios que deben reunir los alumnos de nuevo ingreso para el buen desarrollo del mismo.

m) Seminarios o jornadas: actividades docentes en las que mediante el trabajo en común de expertos y asistentes se profundiza, de forma participativa o no, en el conocimiento de alguna disciplina.

n) Homologación en el ámbito de la enseñanza de la Guardia Civil: es el reconocimiento oficial de la formación superada y de las competencias adquiridas como equivalentes a las exigidas para la obtención de la aptitud de un curso de la Institución.

o) Convalidación en el ámbito de la enseñanza de la Guardia Civil: es el reconocimiento oficial de la validez de módulos o asignaturas realizadas respecto de parte de un curso de la Guardia Civil, que permita aplicarla, en su caso, a la realización del mismo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2018 en vigor desde 06-04-2018