Artículo 3 se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales para el ejercicio 2025, durante el ejercicio 2026 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
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»Artículo 3. Referencia a la clasificación orgánica, funcional y económica.
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Las referencias a la clasificación orgánica, funcional y económica de las partidas presupuestarias contempladas en el articulado y en los Anexos de la Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025, que se prorroga, se entenderán realizadas a las que en cada caso resulten de aplicación conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 4 de la presente Orden.
