Articulo 3 se regula la c...unicipales

Articulo 3 se regula la concesión de permisos al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con motivo de las Elecciones a las Cortes de Castilla y León y Municipales

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Artículo 3.

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Las distintas Consejerías y Organismos Autónomos adoptarán las medidas oportunas para que el personal a su servicio pueda disponer, para ejercer su derecho de voto, de un permiso de hasta cuatro horas retribuidas.

Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional al permiso.