Articulo 3 el que se regula lacooperacion interadministrativa en la elaboracion y aplicacion delplaneamiento urbanistico
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»Artículo 3. Convenio previo.
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Para acceder a un procedimiento de cooperación y a las ayudas correspondientes será requisito previo la suscripción de un Convenio de colaboración que establezca las bases de partida del proceso de elaboración de planeamiento en los términos previstos en el presente Decreto Foral.
