Articulo 3 regulación de ...a Exterior

Articulo 3 regulación de los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia Exterior

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Artículo 3. Adjunto del miembro nacional.

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1. El adjunto del miembro nacional de España tendrá su lugar de trabajo habitual en la sede de Eurojust.

2. Mediante real decreto se podrán designar adjuntos adicionales, que tendrán su lugar de trabajo habitual en Madrid, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento (UE) 2018/1727.