Artículo 3 se regulan los símbolos de la Comunidad Autónoma, así como su utilización
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»Artículo 3.
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La bandera de Castilla y León es cuartelada y agrupa los símbolos de Castilla y León que se describen en el artículo 1 del presente Decreto, ajustándose a las especificaciones técnicas que se mencionan en el Anexo II del mismo.
