Articulo 3 Requisitos para la autorización de los espectáculos con uso de artificios pirotécnicos
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»Artículo 3. Exclusiones.
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1. No se considerarán espectáculos con artificios pirotécnicos aquellos eventos en los que no se superen en su conjunto los 10 kilogramos de materia reglamentada (NEC).
2. No obstante lo señalado en el apartado anterior, el organizador del evento deberá cumplir las medidas de seguridad, de prevención y protección específicas, incluyendo los medios humanos y materiales en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de personas, así como las condiciones y requisitos específicos que al respecto establezca la administración local, de acuerdo con sus competencias y funciones.
