III seleccion Plan de Formación Local 2024, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP)
III.- Selección de participantes.
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9.- La selección de los participantes se efectuará por la ECLAP de acuerdo con los requisitos especificados para cada actividad formativa y en particular a la mayor adecuación entre las funciones desempeñadas por el solicitante y el contenido de la actividad solicitada.
En el supuesto de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos supere al de plazas disponibles, se tendrá en cuenta el menor número de cursos realizados por el solicitante en anteriores convocatorias de la ECLAP.
En caso de empate se atenderá al mayor tiempo de servicios prestados por el solicitante en cualquier Administración Pública.
10.- La ECLAP podrá solicitar al responsable del centro, servicio o unidad administrativa de la que dependa el solicitante informe acreditativo de la adecuación del puesto de trabajo desempeñado con el curso solicitado. Asimismo, podrá solicitar el asesoramiento de algún especialista en aquellos casos que considere conveniente para una mejor selección y homogeneización del grupo de alumnos.
11.- Únicamente se podrá participar en uno de los cursos solicitados, salvo que se trate de cursos en los que no existan suficientes solicitantes que cumplan los requisitos para cubrir las plazas convocadas, en cuyo caso podrá realizarse uno más, que habrán de ser solicitados cuando se oferten las vacantes, de acuerdo con lo que establece la norma 13.
12.- No se podrá participar en un curso si se ha realizado previamente otro de características similares en los tres últimos años (misma denominación, contenido, destinatarios, etc.).
13.- De existir vacantes sin cubrir en alguno de los cursos, podrá ampliarse el plazo de presentación de solicitudes hasta su cobertura por aquellos interesados que cumplan los requisitos establecidos, informándose de esta ampliación en la dirección web de la ECLAP.

