Articulo 3 Residuos y suelos contaminados de I. Balears
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»Artículo 3. Ámbito de aplicación
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Se incluyen en el ámbito de aplicación de esta ley los residuos que se generen o se gestionen en el territorio de las Illes Balears, con las exclusiones y las excepciones establecidas por el artículo 2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
