Articulo 3 sobre servicios y funciones en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas
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»Artículo 3. De la Comisión Regional de Saneamiento.
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Composición: La Comisión Regional de Saneamiento tendrá la siguiente composición:
Presidente: El Director General de Salud Pública o persona en quien delegue.
Vocales:
Un representante de la Consejería de Industria y Comercio.
Un representante de la Consejería de Política Territorial.
Un representante de la Consejería de Agricultura.
Un representante de la Consejería de Presidencia y Gobernación.
Un representante de la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, designado por la misma.
Secretario: El Secretario General Técnico de la Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo o persona en quien delegue.
