Articulo 3 TR. de la ley general presupuestaria
- Norma derogada con las excepciones indicadas en el apdo. 1 de la D.DT. Única de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. - Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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»Art. 3.°
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La administración de la Hacienda Pública cumplirá las obligaciones económicas del Estado y de sus Organismos autónomos. mediante la gestión y aplicación de su haber conforme a las disposiciones del ordenamiento jurídico y, además, promoverá el más•adecuado funcionamiento de los sistemas financiero y monetario, según las medidas de política económica que se establezcan.
