Articulo 3 TR. de la Ley de Ordenación de la Función Pública de Aragón
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»Artículo 3.
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La Función Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se ordena conforme a los principios de imparcialidad y profesionalidad en el ejercicio de sus funciones. para el servicio más eficaz y objetivo de los intereses generales
