Articulo 3 TR de la Ley de Patrimonio

Articulo 3 TR. de la Ley de Patrimonio

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Artículo 3. Clasificación.

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Los bienes y derechos que integran el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón se clasifican en bienes de dominio público o demaniales y bienes de dominio privado o patrimoniales.