Artículo 3 TR de la Ley d...País Vasco

Artículo 3 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

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Artículo 3.- Responsabilidades.

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1.- Las autoridades, funcionariado público, agentes o personas asimiladas que de forma voluntaria y culpable exijan indebidamente una tasa o precio público, o lo hagan en cuantía mayor que la establecida, incurrirán en falta disciplinaria muy grave, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que pudieran derivarse de su actuación.

2.- Cuando en la misma forma adopten resoluciones o realicen actos que infrinjan esta ley y las demás normas que regulan esta materia, tendrán obligación, además, de indemnizar a la Hacienda General del País Vasco por los perjuicios causados.