Articulo 3 Transparencia y buenas prácticas en la Administración pública
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»Artículo 3. Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
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Sin perjuicio de los derechos reconocidos en la Constitución española, en la legislación europea, en el Estatuto de autonomía de Galicia y en la legislación básica del Estado, las personas, en sus relaciones con las administraciones públicas gallegas comprendidas en el ámbito de la presente ley, tienen los derechos que en la misma se establecen.
