Articulo 3 Universidades
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Artículo 3. Objetivos del Sistema Universitario de Cataluña.

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1. Las universidades del sistema universitario de Cataluña tienen como objetivos fundamentales:

a) La creación, transmisión y difusión de la cultura y de los conocimientos científicos, humanísticos, técnicos y profesionales, así como la preparación para el ejercicio profesional.

b) El fomento del pensamiento crítico y de la cultura de la libertad, la solidaridad, la igualdad y el pluralismo, y la transmisión de los valores cívicos y sociales propios de una sociedad democrática.

c) El enriquecimiento del patrimonio intelectual, cultural y científico de Cataluña, con el objetivo del progreso general, social y económico y su desarrollo sostenible.

d) La incorporación de la lengua catalana a todos los ámbitos del conocimiento y la contribución al proceso de normalización del uso científico, cultural y social del catalán.

2. Los objetivos de las universidades se alcanzan principalmente por medio del estudio, la docencia y la investigación.

3. Los poderes públicos deben colaborar con las universidades para la consecución de sus objetivos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-02-2003 en vigor desde 12-03-2003