Articulo 30 23 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
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»Artículo 30. 2-3. Devengo y exigibilidad
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1. El devengo se producirá en el momento en que se presten los servicios que constituyen el hecho imponible.
2. Son contribuyentes de esta tasa las fundaciones, inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana o que pretendan tal inscripción, u otras personas, que presenten cualquier solicitud de inicio de alguno o algunos de los servicios que constituyen el hecho imponible.
