Articulo 30 33 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
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»Artículo 30. 3-3. Cuota íntegra
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La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cuota fija señalada en el cuadro siguiente:
| Tipo de servicio | Importe unitario (euros) |
| 1 Habilitación de las ECUV, e inscripción de la ECUV en el RECUV | 79,15 |
| 2 Modificación de la inscripción inicial en el RECUV | 52,77 |
| 3 Realización de auditorías de calidad a las ECUV | 422,13 |
| 4 Inspección y vigilancia de las actuaciones realizadas por las ECUV | 211,06 |
| 5 Emisión de certificado de inscripción en el RECUV | 263,83 |
Modificaciones
- Artículo modificado (30. 3-3 (se añade)) por LEY 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021. [2020/11362]
(GV de 31-12-2020) en vigor desde 01-01-2021
