Articulo 30 Acción exteri...ón Europea

Articulo 30 Acción exterior y de relaciones con la Unión Europea

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Artículo 30. Delegación del Gobierno ante la Unión Europea

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1. La Delegación del Gobierno ante la Unión Europea asume la representación institucional de la Generalidad, y defiende sus intereses, ante las instituciones y órganos de la Unión Europea.

2. La Delegación del Gobierno ante la Unión Europea se crea por decreto y se adscribe orgánicamente al departamento competente en materia de relaciones con la Unión Europea.

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