Articulo 30 Acción exterior y de relaciones con la Unión Europea
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»Artículo 30. Delegación del Gobierno ante la Unión Europea
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1. La Delegación del Gobierno ante la Unión Europea asume la representación institucional de la Generalidad, y defiende sus intereses, ante las instituciones y órganos de la Unión Europea.
2. La Delegación del Gobierno ante la Unión Europea se crea por decreto y se adscribe orgánicamente al departamento competente en materia de relaciones con la Unión Europea.
Modificaciones
- Modificación realizada (30 (Se levanta la suspensión introducida por Recurso de inconstitucionalidad n.?º 1442-2015)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 1442-2015, contra los artículos 1 a 9, 26 y 29 a 38 de la Ley del Parlamento de Cataluña 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea.
(BOE de 16-07-2015) en vigor desde 07-07-2015 - Artículo modificado (30 (Se suspende vigencia y aplicación, en virtud de Recurso de inconstitucionalidad n.?º 1442-2015)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 1442-2015, contra los artículos 1 a 9, 26 y 29 a 38 de la Ley de Cataluña 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea.
(BOE de 17-04-2015) en vigor desde 11-03-2015
