Articulo 30 el que se apr...nistrativa

Articulo 30 el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Historico de Bizkaia, en materia de revision en via administrativa

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Artículo 30. Organización del Tribunal EconómicoAdministrativo Foral

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1. El Tribunal EconómicoAdministrativo Foral resolverá las reclamaciones en pleno o en salas.

El pleno del Tribunal estará integrado por el presidente, el vicepresidente en su caso, los vocales jefes de sección y el letradosecretario.

Las salas del Tribunal se constituirán por el presidente, el vicepresidente en su caso, el vocal jefe de la sección correspondiente, los demás vocales adscritos a dicha sección o que sean designados por el presidente de entre quienes ostenten esta condición, los ponentes en las reclamaciones que específicamente se les asigne y el letradosecretario. Las salas del Tribunal no podrán constituirse, en ningún caso, con menos de dos vocales.

2. A cada sección estarán adscritos uno o varios vocales y uno o varios ponentes, ostentando la jefatura de la misma el vocal designado por la Diputación Foral. El presidente del Tribunal asignará los vocales y ponentes a cualquiera de las salas de reclamaciones, pudiendo estar asignados a varias salas simultáneamente.

3. Siempre que así convenga a juicio del presidente, el Tribunal podrá oír a cualquier funcionario o persona cualificada al servicio de la Administración foral.

4. El letradosecretario actuará en el Tribunal con voz y voto. 5. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad, abstención, recusación, y en general cuando concurra alguna causa justificada, el presidente será sustituido por el vicepresidente o, en su defecto, por el vocal jefe de sección más antiguo y el vicepresidente en ningún caso, quedando, sin embargo, válidamente constituido el Tribunal. El letradosecretario será sustituido por el jefe de la Secretaría Administrativa o por el vocal jefe de sección más antiguo. En igualdad de condiciones se atenderá al criterio de mayor edad.

Los vocales jefe de sección, cuando el Tribunal actúe en pleno, serán sustituidos por el vocal más antiguo adscrito a la sección correspondiente, o en su defecto por el vocal que designe el presidente, y cuando el Tribunal actúe en sala, por el vocal jefe de sección que igualmente designe el presidente. Los ponentes serán sustituidos por otro ponente designado por el presidente.