Artículo 30 básica de nor...el Euskera

Artículo 30 básica de normalización del uso del Euskera

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Artículo 30.

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El Gobierno velará por la unificación y normalización del euskera en su condición de lengua escrita oficial común en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, sin perjuicio del respeto a los diversos dialectos, parte esencial del patrimonio cultural del País Vasco, en las zonas en que son hablados.