Articulo 30 Carta Municipal de Barcelona
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»Artículo 30.
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1. El Ayuntamiento de Barcelona garantiza la participación ciudadana, especialmente en las materias que afectan más directamente la calidad de vida de los ciudadanos.
2. La participación ciudadana se rige por lo establecido en este título e informa el conjunto de la Carta municipal.
3. Las normas de participación contenidas en la presente Carta se desarrollan por medio de disposiciones reglamentarias aprobadas por el Ayuntamiento de Barcelona.
