Articulo 30 Cuerpos y esc... I Balears

Articulo 30 Cuerpos y escalas de la Administración de I. Balears

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Artículo 30. Funciones generales de los cuerpos especiales, de las escalas y de las especialidades que forman parte de los mismos.

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A los cuerpos especiales, a sus escalas y a cada una de las especialidades de éstas les corresponden, con carácter general, las funciones propias de su actividad profesional específica ligadas a la actividad de la administración autonómica.