Artículo 30 DECRETO 91/2... al carrer

Artículo 30. DECRETO 91/2026, de 12 de junio, C. Valenciana, Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer

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Artículo 30. De los corrales, chiqueros y cajones de traslado.

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1. El titular del REGA o los organizadores o promotores del festejo habilitarán, como mínimo, dos chiqueros dotados de burladeros, comunicados entre sí por una puerta interior, con el fin de garantizar la necesaria movilidad y condiciones de seguridad durante el faenado.

Estos chiqueros deberán reunir las condiciones necesarias para asegurar el reposo y bienestar de los animales. Corresponde a la persona que ostente la dirección del festejo verificar estas condiciones antes del inicio del mismo con asistencia del ganadero y, en su caso, del veterinario. En el caso de no reunir tales condiciones, deberán ser objeto de subsanación sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad por incumplimiento.

En concreto, los chiqueros deberán atender a lo siguiente:

a) Ser espaciados en función de la capacidad o número de animales a contener y que se les permita darse la vuelta.

b) Disponer de ventilación y de luz para poder comprobar el estado de los animales en cualquier momento del día, así como de un techado o zona sombreada que les proteja de las inclemencias del tiempo.

c) No debe haber salientes o bordes que les puedan causar heridas a los animales.

d) Disponer de suelo antideslizante y de cama con paja, serrín, u otros materiales, para dar apoyo a los animales.

e) Disponer de comederos en el caso que las reses vayan a estar más de 24 horas en los corrales.

f) Disponer de puntos de suministro de agua.

g) Deberán estar limpios y desinfectados después de cada festejo.

h) Disponer de un acceso adecuado que garantice la necesaria movilidad y las condiciones de seguridad para el manejo y reconocimiento de los animales.

En este marco, se ubicarán en zonas de fácil acceso adoptándose medidas complementarias para favorecer la entrada y salida de las reses.

2. Los cajones donde se ubiquen las reses cerriles serán sólidos, deberán contar con puntos abiertos al exterior y sus dimensiones permitirán la estancia de los animales en condiciones holgadas.