Articulo 30 Desarrollo de los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada
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»Artículo 30. Disposición general.
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Para la imposición de sanciones por la Administración de la Comunidad Foral por las infracciones tipificadas en la Ley Foral 15/2016, de 11 de noviembre, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada, será de aplicación el procedimiento sancionador previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
