Articulo 30 Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Aragón
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»Artículo 30. Hojas de reclamaciones.
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Las hojas de reclamaciones que los titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos están obligados a tener a disposición del público y de los servicios de inspección serán las reguladas en la legislación de defensa y protección del consumidor.
