Articulo 30 Implantacion ...lectronica

Articulo 30 Implantacion de la Administracion Electronica

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Artículo 30. Audiencia en el procedimiento.

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La audiencia a los interesados en los procedimientos iniciados a instancia de parte, sean electrónicos o convencionales, se efectuará por sistemas electrónicos con todas las garantías jurídicas necesarias, cuando así se acepte de modo explícito por ellos.