Articulo 30 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados -Derogada-
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Están sujetas:
Uno. Las resoluciones jurisdiccionales y los laudos arbitrales; los escritos de los interesados relacionados con aquéllas, así como las diligencias y actuaciones que se practiquen y testimonios que se expidan.
Dos. Los escritos que los interesados dirijan a las Administraciones Públicas y las certificaciones, autorizaciones, licencias y permisos que de ellas emanen.
Tres. La rehabilitación y transmisión de Grandezas y Títulos Nobiliarios.
Cuatro. Las anotaciones preventivas que se practiquen en las Registros Públicos, cuando tengan por objeto un derecho o interés valuable y no vengan ordenadas de oficio por la Autoridad judicial.
