Articulo 30 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados de Gipuzkoa
Ver Indice
»Artículo 30.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Están sujetas las letras de cambio y los documentos que realicen función de giro o suplan a aquéllas.
2. Se entenderá que un documento realiza función de giro cuando acredite remisión de fondos o signo equivalente de un lugar a otro o implique una orden de pago aun en el mismo en que ésta se haya dado, o en él figure la cláusula «a la orden».
