Artículo 30 impulso y pro... Andalucía

Artículo 30 impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía

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Artículo 30. Simplificación administrativa.

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Sin perjuicio de la competencia atribuida a la Consejería competente en materia de simplificación administrativa, por la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca y acuicultura se llevarán a cabo las actuaciones necesarias para garantizar la simplificación de trámites a lo largo de toda la cadena desde la producción hasta la persona consumidora, garantizando el control de los procesos.