Articulo 30 Juventud de Aragón
Ver Indice
»Artículo 30.- Régimen de personal del Consejo Aragonés de la Juventud.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El personal contratado al servicio del Consejo Aragonés de la Juventud estará sujeto al Estatuto de los Trabajadores y al resto de la normativa laboral.
Modificaciones
- Artículo modificado (30) por LEY 12/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
(AR de 17-04-2023) en vigor desde 07-05-2023
