Articulo 30 Juventud de C León

Articulo 30 Juventud de C. León

Ver Indice
»

Artículo 30. Titulaciones en materia de información juvenil.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Corresponde a la Administración de la Comunidad de Castilla y León la expedición de titulaciones en materia de información juvenil en los distintos niveles formativos. Dichas titulaciones serán exigidas para el desempeño de las tareas vinculadas con la información juvenil.