Artículo 30 Ley 3/2026, ... Insulares

Artículo 30. Ley 3/2026, de 16 de junio, Canarias, Cabildos Insulares

Ver Indice
»

Artículo 30. Régimen jurídico material.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Las competencias autonómicas transferidas a los cabildos insulares en su condición de instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias se ejercerán conforme al régimen jurídico establecido en el artículo 17 de la presente ley.