Artículo 30. Ley 8/2026, de 23 de junio, Cantabria, Ordenación del Transporte Marítimo
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»Artículo 30. Plazo máximo de resolución.
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El plazo máximo en que debe notificarse la resolución del procedimiento sancionador será de seis meses desde la fecha de su incoación. Transcurrido ese plazo sin que haya recaído resolución expresa, se acordará la caducidad del expediente.
