Articulo 30 Medidas tribu...007 Aragón

Articulo 30 Medidas tributarias 2007 Aragón

Ver Indice
»

Artículo 30.-Exención subjetiva de carácter general.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Están exentos de los Impuestos Medioambientales el Estado, la Comunidad Autónoma de Aragón, las Corporaciones Locales, o los organismos y entidades públicas dependientes de sus respectivas administraciones, cuando realicen directamenteactividades que puedan dañar el medio ambiente, siempre que éstas se encuentren afectas a un uso o servicio público o se desarrollen en el ejercicio de funciones o finalidades públicas.