Articulo 30 Norma Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
Artículo 30. Estructura marco y codificación del Plan General de Ordenación Urbana.
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1. DOCUMENTACIÓN ESCRITA. (DE).
1.1 DI-MD Memoria Descriptiva.
La Memoria Descriptiva ha de tener el mismo contenido que la prevista en relación con el Avance del Plan General de Ordenación Urbana.
1.2. DN-MJ Memoria Justificativa.
T. I. CONVENIENCIAY OPORTUNIDAD.
Cap. 1. Iniciativa y objeto del PGOU.
Cap. 2. Contenido de la documentación del PGOU.
Cap. 3. Naturaleza del PGOU, oportunidad y conveniencia.
Cap. 4. Antecedentes y marco jurídico urbanístico.
T. II. MODELO TERRITORIAL, MODELO DE EVOLUCIÓN URBANA Y OCUPACIÓN DEL TERRITORIO. OBJETIVOS Y PROPUESTAS DE ORDENACIÓN.
Cap. 1. Criterios y objetivos del planeamiento.
Cap. 2. Estructura territorial y urbana. Caracterización funcional y modelo de ordenación.
Cap. 3. Clasificación, calificación y gestión del suelo.
Cap. 4. Programa de actuación.
T. III. CUADROS SÍNTESIS DEL PLAN GENERAL.
Cap. 1. Clases y categorías de suelo.
Cap. 2. Ámbitos de suelo urbano no consolidado.
Cap. 3. Sectores de suelo urbanizable delimitado.
Cap. 4. Áreas de suelo urbanizable no delimitado.
Cap. 5. Sistemas Generales.
T. IV. ANEXO DE SÍNTESIS.
Cap. 1. anexo de síntesis.
ANEXOS
AX.1. Estudio de movilidad.
AX.2. Estudio de necesidades de vivienda y dotación de vivienda protegida.
AX.3. Otros estudios e informes.
1.3. DN-NU Normas Urbanísticas.
T. I. DISPOSICIONES GENERALES.
T. II. CONDICIONES GENERALES DE LOS USOS.
Cap. 1. Uso Residencial.
Cap. 2. Uso Industrial.
Cap. 3. Uso Terciario.
Cap. 4. Uso Dotacional.
T. III. CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN.
Cap. 1. Dimensión y forma.
Cap. 2. Higiene y calidad.
Cap. 3. Dotación de servicios.
Cap. 4. Seguridad.
Cap. 5. Estéticas.
T. IV. CONDICIONES GENERALES DE URBANIZACIÓN.
Cap. 1. Vías públicas.
Cap. 2. Espacios libres públicos.
Cap. 3. Servicios urbanos.
T. V. CONDICIONES PARTICULARES EN SUELO URBANO.
Cap. 1. Régimen del suelo urbano.
Cap. 2. Regulación de las Normas Zonales u Ordenanzas.
Cap. 3. Condiciones específicas en suelo urbano no consolidado.
T. VI. CONDICIONES PARTICULARES EN SUELO URBANIZABLE.
Cap. 1. Régimen del suelo urbanizable.
Cap. 2. Condiciones del planeamiento de desarrollo.
Cap. 3. Condiciones específicas de los sectores de suelo urbanizable delimitado.
Cap. 4. Condiciones específicas en suelo urbanizable no delimitado.
T. VII CONDICIONES PARTICULARES EN SUELO NO URBANIZABLE.
Cap. 1. Régimen del suelo no urbanizable.
Cap. 2. Condiciones particulares de la edificación en suelo no urbanizable.
Cap. 3. Condiciones particulares de los usos en cada categoría de suelo no urbanizable.
T. VIII. DESARROLLO Y GESTIÓN DEL PLAN GENERAL.
Cap. 1. Disposiciones generales.
Cap. 2. Instrumentos de planeamiento de desarrollo.
Cap. 3. Instrumentos de gestión.
Cap. 4. Instrumentos de ejecución.
1.4.DN-AX anexos.
Ax. 1. Ficha de Datos Generales de Planeamiento.
Ax. 2. Fichas de áreas de SU-NC.
Ax. 3. Fichas de sectores de SUZ-D.
Ax.4. Criterios de documentación gráfica.
1.5. DN-CT Catálogos.
T. I. Catálogo del patrimonio cultural.
Incluirá todos los bienes inmuebles (monumentos, conjuntos de interés cultural como conjuntos históricos, yacimientos arqueológicos y paleontológicos, etc.) que en sus diferentes categorías: bienes de interés cultural, catalogados e inventariados, integran el patrimonio cultural aragonés de conformidad con la Ley 3/1999 de Patrimonio Cultural Aragonés, y aquellos otros bienes inmuebles que por sus valores culturales el propio PGOU considere de interés.
T. II. Catálogo de paisajes.
Incluirá los elementos de paisaje contemplados en mapas y catálogos de paisaje derivados de legislación y/o instrumento territorial o, así determinados por el PGOU.
1.6. DN-ESE Estudio de Sostenibilidad Económica.
T.I Objetivos, directrices y estrategia.
T.II. Análisis del presupuesto actual/liquidable.
T.III. Proyección económica de la ordenación urbanística.
T.IV. Balance económico temporal.
T.V. Seguimiento de la actividad de ejecución.
Anexo 1. Medidas o indicadores. Tablas y gráficos.
Anexo 2. Cuadro resumen del estudio económico.
1.7. DN-PRU Programa de Rehabilitación Urbana.
El Programa de Rehabilitación Urbana, es el documento que concreta las determinaciones del Plan General en materia de rehabilitación urbana. Su contenido podrá desarrollarse de acuerdo al siguiente índice:
T.I. CRITERIOS Y OBJETIVOS.
Cap. 1. Líneas de política de rehabilitación urbana.
Cap. 2. Ámbitos en proceso de obsolescencia y degradación. Situación social, económica y ambiental.
Cap. 3. Priorización y programación temporal.
T.II. DEFINICIÓN DE ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN Y PROPUESTAS ACTUACIÓN.
Cap. 1. Definición de ámbitos de intervención.
Cap. 2. Delimitación e identificación de propuestas de actuaciones de rehabilitación. Formas de ejecución de dichas actuaciones.
Cap. 3. Memoria de viabilidad técnica. Normas zonales. Flexibilizaciones. Ocupación de espacios públicos. Cesiones de suelo o alternativas.
Cap. 4. Memoria de viabilidad económica y parámetros urbanísticos de aplicación.
T. III. CARTOGRAFÍA.
Sin perjuicio de la inclusión de los ámbitos de intervención de rehabilitación en los correspondientes planos de ordenación del Plan General, el PRU contendrá un plano guía con señalamiento de las áreas de intervención y actuaciones de rehabilitación en sus diferentes modalidades.
El Programa de Rehabilitación Urbana podrá desarrollarse también, integrado en la memoria, normas urbanísticas, ordenanzas y planos del Plan General de Ordenación Urbana, en cuyo caso estos documentos deberán hacer referencia expresa a esta circunstancia y contener las determinaciones precisas.
1.8. DN-DA Documentación ambiental.
La documentación ambiental incluirá el Estudio Ambiental Estratégico o la Declaración Ambiental Estratégica según proceda en función de la fase de aprobación, inicial o provisional respectivamente.
El Estudio Ambiental Estratégico deberá dar respuesta al Documento de Alcance elaborado por el Órgano Ambiental y cumplir con el contenido que dispone la normativa ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 11/2014, de 4 de diciembre de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, se establece el siguiente índice como marco de referencia del contenido del Estudio Ambiental Estratégico.
T. I. INTRODUCCIÓN.
Cap. 1. Datos generales.
Cap. 2. Modelo urbano general y crecimiento previstos en la planificación.
T. II. DESCRIPCIÓN DEL PLAN.
Cap. 1. Justificación de la necesidad y objetivos.
Cap. 2. Datos demográficos y evolución prevista.
Cap. 3. Superficies de los SUZ y SNU antes y después del Plan.
Cap. 4. Necesidades de nuevas infraestructuras y equipamientos.
Cap. 5. Desarrollo temporal del proceso urbanizador.
TÍTULO III. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS.
TÍTULO IV. INVENTARIO AMBIENTAL.
Cap. 1. Descripción del medio natural.
Cap. 2. Disponibilidad y estado de conservación de sus recursos naturales.
Cap. 3. Principales valores ecológicos y problemas ambientales.
Cap. 4. Espacios naturales y protecciones existentes.
TÍTULO V. EFECTOS AMBIENTALES DERIVADOS DEL PLAN.
Cap. 1. Sobre el consumo de los recursos naturales.
Cap. 2. Sobre el medio natural y el paisaje.
Cap. 3. Sobre el incremento en la producción de emisiones, vertidos y residuos.
Cap. 4. Sobre el patrimonio público y municipal.
Cap. 5. Repercusiones sobre la movilidad urbana e interurbana.
TÍTULO VI. MEDIDAS CORRECTORAS.
Cap. 1. Planes o proyectos para prevenir o mitigar efectos ambientales negativos.
Cap. 2. Sistema de indicadores de seguimiento.
TÍTULO VII. RESUMEN Y CONCLUSIONES.
TÍTULO VIII. CARTOGRAFÍA.
Se incluirán los planos de interés ambiental, y los planos de clasificación del suelo, existentes y la prevista por el Plan.
Se incluirán los planos de clasificación del suelo existente y la prevista por el Plan.
2. DOCUMENACIÓN GRÁFICA (DG):
2.1. DI-PI Planos de Información.
Los planos de información se corresponden con los previstos para el Avance del Plan General de Ordenación Urbana, en esta norma.
2.2. DN-PO Planos de Ordenación.
La estructura marco básica estará integrada por los planos que a continuación se establecen. Cuando, por sus dimensiones u otras razones debidamente motivadas, alguno de los planos haya de desdoblarse en varios planos o configurarse mediante varias hojas, el criterio de codificación a seguir será el de separar la clave principal de la complementaria mediante una barra (por ejemplo: PO-1/1, PO-2/3...). En estos casos, se incluirá un plano guía igualmente codificado.
Los criterios utilizados figurarán en el anexo correspondiente dentro de la documentación escrita del Plan General de Ordenación Urbana.
PO-1 ESTRUCTURA ORGÁNICA. MODELO DE EVOLUCIÓN URBANA Y OCUPACIÓN DEL TERRITORIO.
Sintetizará la estructura urbana y territorial, y su contenido mínimo será el siguiente:
- Delimitación de las clases y categorías de suelo en el término municipal.
- Sistemas Generales, de titularidad pública o privada, de carácter municipal o supramunicipal. - Calificación del suelo por usos globales en suelos urbanos y urbanizables.
- Afecciones sectoriales. - Límite del término municipal georreferenciado.
Se desdoblará en dos planos: uno que represente la totalidad del ámbito territorial del Plan General de Ordenación Urbana, a escala suficiente para su correcta interpretación, y otro para los núcleos de población a escala mínima 1:5.000.
PO-2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO.
Este plano representará la clasificación de suelo del conjunto del término municipal y las categorías previstas en cada clase de suelo. Sobre la cartografía base, y catastral, se plasmarán elementos significativos como el límite del término, núcleos de población, etc., y se podrán superponer otras bases cartográficas.
En suelo urbano deberán grafiarse los sectores, los ámbitos planeamiento especial y los ámbitos de intervención de rehabilitación urbana.
En suelo urbanizable deberán grafiarse los sectores de suelo urbanizable delimitado y las áreas de suelo urbanizable no delimitado.
En suelo no urbanizable deberán grafiarse las Categorías en suelo no urbanizable especial y zonas en suelo no urbanizable genérico.
Se desdoblará en dos planos: uno que represente la totalidad del ámbito territorial del Plan General de Ordenación Urbana, a escala mínima 1:10.000, y otro para los núcleos de población a escala mínima 1:5.000.
PO-3 ORDENACIÓN DEL SUELO URBANO Y SUELO URBANIZABLE DELIMITADO CON ORDENACIÓN DETALLADA.
Este plano representará las determinaciones de ordenación detallada en el suelo urbano consolidado a escala mínima 1:1.000. Las áreas de suelo urbano no consolidado, o suelo urbanizable delimitado, en las que el Plan General de Ordenación Urbana establezca la ordenación detallada también se realizarán a escala mínima 1:1.000.
Se podrá desdoblar en dos planos, uno para las determinaciones de ordenación y otro para las de gestión, y su contenido mínimo será el siguiente:
Calificación urbanística grafiada como normas zonales.
Alineaciones y rasantes.
Ámbitos de gestión/Unidades de Ejecución.
Usos fuera de ordenación.
Ámbitos de planeamiento ordenados desde el propio Plan.
Áreas de tanteo y retracto.
Áreas de planeamiento recogido.
Infraestructuras (diferenciando entre existentes y proyectadas).
Ámbitos de actuaciones de rehabilitación urbana.
Sistemas generales y dotaciones locales de carácter público/privado.
PO-4 PLANO DEL CATÁLOGO DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO Y PROTECCIÓN DEL PAISAJE.
El plano del catálogo reflejará los bienes inmuebles incluidos en el catálogo de patrimonio cultural y ámbitos de especial protección, así como los elementos de paisaje incluidos en el catálogo de paisaje. Los elementos catalogados se etiquetarán con un código identificativo que los relacione con la correspondiente ficha del catálogo, en donde se describen las características del elemento y las condiciones de protección e intervención. En el caso de que existan Bienes de Interés Cultural se mostrarán gráficamente incorporando así mismo, sus entornos de protección.
El plano se confeccionará a escala adecuada que permita la identificación de los bienes catalogados y lectura de las etiquetas. Se podrá desdoblar en dos planos, uno a escala territorial y otro para los elementos situados en suelo urbano y urbanizable.
El plano podrá refundirse con otros planos de ordenación, no siendo en ese caso necesario la elaboración de un plano individual de catálogo.
