Articulo 30 Normas marco de los Cuerpos de Policía Local
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Artículo 30. Puestos de máxima categoría.

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1. La provisión de los puestos de la máxima categoría en cada uno de los Cuerpos de Policía Local se realizará, indistintamente, mediante turno libre, promoción interna o movilidad, utilizando en cada caso el siguiente proceso selectivo:

_Turno libre: oposición o concurso oposición.

_Promoción interna: concurso oposición.

_Movilidad: concurso

2. Para poder acceder a puestos de la máxima categoría los aspirantes deberán reunir los mismos requisitos señalados en el artículo 19 de la Ley de Coordinación de Policías Locales y en el artículo 27 de estas Normas marco, con la única excepción del límite máximo de edad para el ingreso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-01-2003 en vigor desde 18-01-2003