Artículo 30 Participación... Cantabria

Artículo 30 Participación Ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

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Artículo 30. Medidas de fomento.

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1. La consejería competente en materia de participación ciudadana impulsará medidas que consoliden la cultura participativa.

2. Entre las medidas de fomento se incluyen: divulgación de la Ley, programas de formación, difusión de procesos, campañas de sensibilización y formación para personal y entidades locales.

3. Podrán firmarse convenios con entidades locales para fomentar la participación.

4. Todas las medidas deberán estar orientadas a resultados concretos y medibles, evitando acciones meramente simbólicas o de efecto limitado.

5. La consejería competente en materia de participación ciudadana, en el ámbito de sus competencias, pondrá en marcha medidas concretas de apoyo a las entidades privadas sin ánimo de lucro que promuevan o realicen proyectos de participación ciudadana