Articulo 30 Presupuestos 2016 Murcia

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Artículo 30. Retribuciones del personal eventual.

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En el año 2016 las retribuciones del personal eventual experimentarán un incremento en sus cuantías del 1 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2015.

En ningún caso, las retribuciones del personal eventual superarán las correspondientes al cargo de director general de la Administración General, excluida la antigüedad que pudieran tener reconocida.