Articulo 30 Presupuestos 2018 Canarias
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»Artículo 30. De los créditos por transferencias y delegaciones de competencias a los cabildos insulares.
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Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de las competencias y servicios asumidos por los cabildos insulares que, como aportaciones dinerarias, se consignan en la sección 20 del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, se gestionarán por la Consejería de Hacienda.
