Artículo 30 Presupuestos Generales 2025 del Territorio Histórico de Gipuzkoa
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»Artículo 30. Contratación de personal.
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Las entidades a las que se refiere el artículo anterior podrán proceder a la contratación de nuevo personal previa autorización de la Diputación Foral con las limitaciones y requisitos establecidos en la normativa vigente.
