Articulo 30 Reforma del E...lla y Leon

Articulo 30 Reforma del Estatuto de Autonomia de Castilla y Leon

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Artículo 30. Atribuciones.

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Corresponde a la Junta de Castilla y León

1. Ejercer el gobierno y administración de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas.

2. Interponer recursos de inconstitucionalidad en los términos que establece el artículo 162.1 a) de la Constitución y suscitar, en su caso, conflictos de competencia con el Estado u otra Comunidad Autónoma, según lo previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, personándose en estos últimos por acuerdo de las Cortes de Castilla y León o por propia iniciativa.

3. Ejercer cuantas otras competencias o atribuciones le asignen el presente Estatuto y las leyes.