Articulo 30 Régimen de autorización administrativa y comunicación, acreditación, registro e inspección de los servicios sociales
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»Artículo 30. Estructura del Registro de Servicios Sociales.
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1. El Registro de Servicios Sociales, que tiene soporte informático, se estructura en dos secciones: una relativa a entidades y otra referente a servicios sociales. Existirá un Libro de Registro para cada una de las secciones mencionadas.
2. En la sección de entidades quedarán inscritas las personas físicas y jurídicas que ostenten la titularidad de un servicio social o sean gestoras del mismo.
3. La sección de servicios sociales se compone a su vez de las siguientes subsecciones:
a) Subsección de servicios: donde quedarán inscritos los servicios autorizados.
b) Subsección de centros: donde quedarán inscritos los centros autorizados.
