Articulo 30 Reglamento de... de Madrid

Articulo 30 Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Madrid

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Artículo 30. Astas.

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En los espectáculos taurinos populares, con excepción de aquellos en que las reses vayan a ser lidiadas en una corrida de toros o novillada, se observarán las siguientes reglas respecto de las astas de las reses:

a) Encierros: las astas estarán claramente despuntadas, afeitadas y romas.

b) Suelta de reses: las astas de todas las reses estarán claramente despuntadas, afeitadas y romas.

c) Suelta con exhibición o concurso: con carácter excepcional las astas de las reses podrán estar en puntas.

d) En todo caso la merma de las defensas no podrá afectar a la parte cavernosa o clavija ósea del asta, realizándose sobre la parte maciza o pitón de la misma.