Articulo 30 Reglamento General de Conductores
Ver Indice
»Artículo 30. Entrega de la autorización original.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La autorización original deberá ser entregada por su titular en la Jefatura Provincial de Tráfico, al concederse la prórroga o la ampliación solicitada y previamente a la entrega de la nueva autorización.
