Articulo 30 Reglamento General de Contratación Pública
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»Artículo 30. Suministros y servicios de imprenta
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Los suministros y servicios de imprenta que precisen los órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho público y demás Entes públicos serán realizados por el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, según las instrucciones que al respecto sean establecidas por el Gobierno.
