Articulo 30 Renta Básica ...-Derogada-

Articulo 30 Renta Básica Extremeña de Inserción -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 30. Prescripción de las sanciones.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las sanciones establecidas en esta Ley prescribirán.

a. Las impuestas por infracciones leves, en el plazo de 1 año.

b. Las impuestas por infracciones graves, en el plazo de 2 años.

c. Las impuestas por infracciones muy graves, en el plazo de 3 años.

2. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.

3. Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si aquel estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al infractor.