Articulo 30 Residuos y suelos contaminados de Galicia
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»Artículo 30. Traslados de residuos entre comunidades autónomas
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Los traslados de residuos entre comunidades autónomas con origen o destino en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia se realizarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, y en el Real decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, o norma autonómica de desarrollo.
